La redención jurídica
La salvación completa que Dios efectúa tiene dos aspectos: el aspecto jurídico y el aspecto orgánico. Por la palabra jurídico sabemos que tiene algo que ver con la ley y por la palabra orgánico sabemos que tiene algo que ver con la vida. Por tanto, la salvación completa que Dios efectúa posee tanto el aspecto jurídico, un aspecto relacionado con la ley, como el aspecto orgánico, un aspecto relacionado con la vida.
Los primeros cuatro capítulos de Romanos nos muestran el aspecto de la redención jurídica de la salvación completa efectuada por Dios; los otros doce capítulos nos muestran el aspecto de la salvación orgánica que se halla en la salvación completa que El efectúa.
Los cuatro evangelios revelan a Cristo en la carne como Aquel que llevó una vida humana en la tierra y que después fue crucificado y murió por nuestros pecados para poder redimirnos y devolvernos a Dios. En la primera etapa de Cristo en la carne logró la obra redentora de Dios jurídicamente, La redención jurídica.
El primer aspecto de la salvación completa que Dios efectúa es el aspecto jurídico que es la redención. Este procedimiento, por el que Dios ha cumplido en conformidad con Su requisito jurídico incluye: el perdón de los pecados, el lavamiento de los pecados, la justificación, la reconciliación con Dios y la santificación en cuanto a posición. Éramos pecadores y enemigos de Dios, bajo la condenación de Dios, pero en el momento que creímos y recibimos al Señor por medio de la obra de Cristo, Su muerte y resurrección, recibimos la redención que tuvo como resultado objetivo todo lo antes mencionado. De esta manera entramos en la gracia de Dios a fin de que se realice el propósito de la salvación de Dios. Todos estos asuntos de la salvación objetiva están relacionado con el aspecto jurídico.
La justicia de Dios y la redención jurídica
El primer aspecto de la salvación completa que Dios efectúa es el aspecto jurídico que es la redención conforme a la justicia de Dios (Ro. 1:17a; 3:21-26; 9:30-31). Este procedimiento, por el que Dios ha cumplido en conformidad con Su requisito jurídico, su Justicia. En el cual su Justicia ha sido satisfecha por Cristo, para que El siendo Justo pudiera justificar a los hombres injustos (Ro. 3.26). Debido a que su Justicia ha sido cumplida, el problema del pecado ha sido resuelto, Dios esta obligado jurídicamente a salvarnosSe puede decir que la redención jurídica es le procedimiento legal que Dios realiza por medio de que Cristo muere en nuestro lugar y de esta manera El paga y carga con los pecados de los seres pecadores y perdidos a fin de que vuelvan a Dios de manera justa, siendo Dios así, el justo y el que justifica. (Ro. 3:21-26)
La redención jurídica es la base de la salvación orgánica
La redención jurídica no es toda la salvación completa, es simplemente la parte inicial, y la base sobre la que la salvación completa y orgánica está edificada.
La redención jurídica efectuada por Dios es el procedimiento de la salvación completa que Dios efectúa a fin de que los creyentes participen en la salvación orgánica de Dios, que es el propósito de la salvación completa que Dios efectúa—Ro. 5:21.
El aspecto jurídico nos hace aptos a nosotros los pecadores y nos pone en la posición para que entremos en la gracia de Dios y disfrutemos de la salvación que Dios ha realizado por nosotros orgánicamente conforme a Su vida en el aspecto de su Propósito.
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